
La cuenta atrás para VeriFactu ha comenzado. Con el último trimestre de 2026 a la vuelta de la esquina, las empresas españolas entran en la recta final para comprobar si sus sistemas de facturación están realmente preparados para cumplir con la nueva normativa. El 1 de enero de 2027 será una fecha clave para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, que deberán disponer de sus sistemas informáticos adaptados a los requisitos establecidos por la Agencia Tributaria.
El calendario está fijado en el Real Decreto 1007/2023, tras la modificación introducida por el Real Decreto-ley 15/2025. Según la normativa vigente, las sociedades deberán tener sus sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027, mientras que el resto de obligados tributarios incluidos en el reglamento, entre ellos muchos autónomos y profesionales, dispondrán hasta el 1 de julio de 2027.
Esto significa que, para miles de empresas, el momento de revisar su software, procesos internos y sistemas de facturación es ahora.
¿Está tu empresa preparada para VeriFactu?
La llegada de VeriFactu supone un cambio importante en la manera en la que los programas de facturación deben generar y conservar la información.
Los sistemas informáticos de facturación afectados deberán garantizar aspectos como la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación. También tendrán que generar los correspondientes registros asociados a las facturas y disponer de capacidad de comunicación con la Agencia Tributaria. Las facturas emitidas mediante estos sistemas deberán incorporar, además, el código QR tributario en los casos establecidos por la normativa.
Por este motivo, no basta con comprobar si el programa utilizado actualmente permite emitir una factura en PDF o llevar la contabilidad. Las empresas deben asegurarse de que su software de facturación está específicamente adaptado a los requisitos del nuevo Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación.
Esperar hasta diciembre puede implicar asumir riesgos innecesarios: actualizaciones pendientes, configuraciones incorrectas, necesidad de realizar pruebas, formación de los usuarios o posibles cambios en los procedimientos administrativos de la empresa.
VeriFactu o no VeriFactu: ¿qué opciones existen?
Aunque popularmente se habla de la “obligación de VeriFactu”, conviene hacer una precisión. La normativa regula los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) y contempla tanto sistemas que funcionan en modalidad VERI*FACTU, enviando los registros de facturación a la Agencia Tributaria, como sistemas adaptados que operan en modalidad no VERI*FACTU y conservan los registros conforme a los requisitos establecidos.
En la modalidad VERIFACTU, los registros generados se remiten electrónicamente a la AEAT de forma continuada, automática y segura. Las facturas correspondientes incorporan la referencia “VERIFACTU” o “Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT”.
Pero existe otra posibilidad que algunas empresas deberían estudiar antes de tomar una decisión: acogerse al Suministro Inmediato de Información del IVA (SII).
El SII como alternativa a VeriFactu
Este punto es especialmente relevante. La propia Agencia Tributaria confirma que los contribuyentes que llevan sus libros registro de IVA mediante el Suministro Inmediato de Información (SII) están excluidos del ámbito de aplicación del Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación.
En otras palabras, una empresa puede optar voluntariamente por el SII y, al quedar sometida a este sistema, no tener que aplicar las obligaciones del Real Decreto 1007/2023 relativas a sus propias facturas. La AEAT lo recoge expresamente en sus preguntas frecuentes sobre VeriFactu.
La opción voluntaria por el SII puede realizarse mediante el modelo 036. Actualmente, la Agencia Tributaria permite ejercer esta opción a lo largo del ejercicio, produciendo efectos desde el periodo de liquidación correspondiente conforme a las reglas previstas para su incorporación. Además, los contribuyentes que optan voluntariamente por el SII pueden mantener su periodo de liquidación trimestral.
Por tanto, para determinadas empresas, la decisión ya no debería plantearse únicamente como “¿qué programa necesito para VeriFactu?”, sino también como “¿me interesa VeriFactu o puede encajar mejor el SII en mi operativa?”.
¿Qué implica acogerse al SII?
El SII no debe entenderse simplemente como una forma de evitar VeriFactu. Se trata de un sistema de gestión del IVA con sus propias obligaciones.
Las empresas acogidas deben suministrar electrónicamente a la Agencia Tributaria los registros correspondientes a sus libros de IVA en plazos muy reducidos. Con carácter general, la información de las facturas debe comunicarse en un plazo de cuatro días, con las particularidades previstas para determinados supuestos.
A cambio, el SII también incorpora algunas ventajas administrativas. Entre ellas, los contribuyentes que lo utilizan están exonerados de presentar el modelo 347 de operaciones con terceras personas y el modelo 390 de resumen anual del IVA.
Por ello, elegir entre SII y el nuevo sistema de facturación requiere analizar el volumen de operaciones, los procesos administrativos, la capacidad del software utilizado, el grado de automatización de la empresa y las necesidades de su departamento contable.
Tres meses para tomar decisiones: no conviene esperar a diciembre
Para las sociedades, el 1 de enero de 2027 marcará el inicio obligatorio de esta nueva etapa. El tiempo disponible para analizar alternativas, actualizar sistemas, realizar pruebas y formar a los equipos se está reduciendo rápidamente.
Las empresas deberían aprovechar estos últimos meses de 2026 para revisar al menos cuatro cuestiones: si están afectadas por el Reglamento, si su software estará adaptado a tiempo, qué modalidad de funcionamiento utilizarán y si acogerse voluntariamente al SII puede resultar más conveniente que aplicar el nuevo sistema de facturación.
La transformación de los procesos fiscales y contables ya no es una cuestión de futuro. VeriFactu 2027 está prácticamente aquí, y llegar al 1 de enero con una estrategia definida será fundamental para evitar prisas, incidencias y cambios improvisados de última hora.
G7Innovation, partner de Odoo para afrontar VeriFactu
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